¿Conoces el Seguro de vida Institucional ISSSTE? Su objetivo principal es brindar ayuda económica a las familias en caso de fallecimiento de un asegurado. Va destinado tanto a trabajadores activos de la Administración pública federal como para los pensionados y jubilados del ISSSTE, aunque existan diferencias para cada caso.
En esta guía te vamos a contar todos los beneficios de este seguro de vida, cómo solicitarlo, cuantías y trámites a llevar a cabo cuando fallece un asegurado del ISSSTE.
¿Qué es el seguro de vida institucional Issste?
El seguro de vida institucional del ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado) es un beneficio que se otorga a los trabajadores del Estado en México. Este seguro tiene como objetivo proporcionar una protección económica a los beneficiarios del asegurado en caso de fallecimiento (natural o suicidio) o desaparición, incapacidad total y permanente.
Es una póliza colectiva que se gestiona a través del ISSSTE y que forma parte de los múltiples beneficios que ofrece la institución a sus afiliados.
¿Qué pensionistas del ISSSTE tienen derecho a este seguro?
No todos los pensionistas tienen derecho a recibir las cuantías del seguro. Los que podrán recibir estas ayudas son los jubilados, pensionados, los servidores públicos en activo de base, confianza operativo, confianza de mandos medios y superiores, residentes, becarios y por honorarios administrativos en activo.
Por tanto, los pensionados que NO tienen derecho a pagar su seguro son:
Esto se justifica por el fallecimiento del trabajador o pensionado directo o porque han sufrido algún accidente o enfermedad que ocasionó su condición de invalidez o incapacidad.
¿Cuánto es el monto del seguro institucional del Issste?
El monto del seguro institucional del ISSSTE puede variar dependiendo de diversos factores como la antigüedad del trabajador, el salario base y las aportaciones realizadas. Generalmente, el monto se calcula en función de un múltiplo del salario base cotizado del trabajador.
- Póliza PB4001 o PB4005 “Cobertura Básica”: otorga el pago de 40 meses el sueldo mensual integrado.
- Póliza PB4002 o PB4006 “Cobertura con Beneficio de Potenciación”: otorga el pago de 34, 51 o 68 meses el sueldo mensual integrado.
Es importante consultar con el ISSSTE para obtener información precisa y actualizada sobre el monto específico que correspondería en cada caso.
¿Qué cubre el seguro del Issste?
Podemos diferenciar los beneficios del Seguro de vida Institucional ISSSTE en:
Tipo de Cobertura o Beneficio | Detalle |
---|---|
Muerte Accidental | Doble indemnización (cobertura básica) |
Muerte Accidental Colectiva | Triple indemnización (cobertura básica) |
Anticipo por Gastos Funerarios | $80,000.00 (ochenta mil pesos 00/100 M.N.) |
Anticipo de Suma Asegurada para Enfermedades Terminales | 50% de la suma asegurada |
Incapacidad Total y Permanente | Cobertura sin límite de edad |
Beneficio por Accidente | Pérdidas orgánicas escala «A» |
Jubilados: A la hora de realizar el alta como pensionado del ISSSTE deberás rellenar el formulario “Consentimiento para ser inscrito en el Seguro de Vida Institucional y designación de Beneficiarios” y recibir una copia sellada. No tendrás que renovarlo.
¿Qué se necesita para cobrar el seguro institucional del Issste?
Esta tabla resume el procedimiento y los documentos necesarios para realizar la reclamación del siniestro en el caso del seguro de vida institucional del ISSSTE.
Etapa del Proceso | Documentación Requerida | Dónde Presentar |
---|---|---|
Solicitud de Copia Certificada de la “Designación de Beneficiarios” | – Nombre del asegurado – R.F.C. – Número de empleado – Área de adscripción – Número telefónico de contacto | Departamento de Recursos Humanos de su área de adscripción o Subdirector de Administración de Riesgos Institucionales y Fianzas |
Anexar Documentación | – Copia del acta de defunción (del asegurado) – Copia del acta de nacimiento (del asegurado) – Copia del último talón de pago (del asegurado) – Copia de la “Designación de Beneficiarios” (si se tiene) – Copia de la identificación oficial (del asegurado) – Copia del acta de matrimonio (si es el cónyuge) – Copia del acta de nacimiento (del solicitante) – Copia de la identificación oficial (del solicitante) | Departamento de Recursos Humanos de su área de adscripción o Subdirector de Administración de Riesgos Institucionales y Fianzas |
Presentación de Documentación en MetLife México | Documentos del asegurado: – Original de la Hoja Única de Servicios y Baja Oficial – Original de la identificación oficial – Original del acta de defunción – Original del acta de nacimiento – Copia del último talón de pago Documentos de los beneficiarios: – Original de la Solicitud Única para el Pago de siniestro – Original de la identificación oficial vigente – Original del comprobante de domicilio (no mayor a tres meses) – Original del documento que acredite la relación con el asegurado – Copia del estado de cuenta con clave interbancaria (no mayor a tres meses) – Copia certificada de la última “Designación de Beneficiarios” | Módulo o promotoría de MetLife México |
Trámites cuando fallece un pensionado del ISSTE
Para poder hacer uso de los beneficios que brinda el Seguro de vida Institucional ISSSTE, los familiares o beneficiarios llevar a cabo una serie de trámites un poco pesados y monótonos. Deberán acudir a la Delegación Regional o Estatal del ISSSTE para realizar los trámites y recibir asesoramiento concreto para su caso.
Pago de Servicios Funerarios
Según establece el artículo 81 y 136 de la Ley de ISSSTE:
Seguro de vida Institucional ISSSTE
Pensión de Viudez u Orfandad
Esta pensión para beneficiaros del asegurado será recibida en un 100% en caso de que solo exista una persona. En caso de varias, recibirán la cuantía dividida en partes iguales.
¿Cuándo y cómo cobrar el Seguro de vida Institucional ISSSTE?
El pago de la cuantía que cubre el seguro, se recibirá mediante descuentos mensuales reflejados en tu recibo de pago pensionario, que equivalen al 0.70% de su pensión (y el 1.17% si se es trabajador activo), bajo la clave “174 SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL”.